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Por favor, tenga en cuenta que el producto que va a contratar es un PRODUCTO FINANCIERO que en caso de impago puede ocasionar costes adicionales que encontrará descritos a continuación. Lea atentamente el contrato de préstamo antes de su aprobación

El presente documento tiene por objeto regular los Términos y Condiciones que han de regir el contrato de Préstamo personal así como las consecuencias de su incumplimiento, suscrito entre el cliente persona física (en adelante el «Prestatario») y CREDIVUELTA SL CON N.I.F. B23892920 en lo sucesivo, indistintamente), al que resultarán de aplicación las Condiciones Particulares y Generales que se detallan a continuación (en adelante, respectivamente, las «Condiciones Particulares» y las «Condiciones Generales», y, conjuntamente, junto con la información facilitada por el Cliente en la solicitud del préstamo online, el «Contrato»), las cuales son aceptadas expresamente por el Cliente mediante el procedimiento establecido en la Condición General 2 apartado 2.3.

 

Condiciones Generales de Contratación del Préstamo

 

Artículo 1.- Términos y condiciones

 

En las presentes Condiciones Generales, los siguientes términos tendrán el significado que se les atribuye a continuación:

Las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares resultan de aplicación a las Partes en relación con el Préstamo. La emisión de la Solicitud de Préstamo conlleva por parte del Prestatario la completa adhesión a las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares, y todo ello sujeto a la Decisión de Préstamo.

 

Artículo. 2- Contratación a Distancia

El contrato de Préstamo se celebrará a distancia, quedando constancia de la oferta y aceptación y, por tanto, de la perfección del contrato mediante cualquier instrumento que permita al Solicitante del Préstamo almacenar la información que se le dirija, con objeto de que pueda recuperarla fácilmente durante un período de tiempo adecuado para los fines para los que se destina la información y que permita la reproducción sin cambios de la información almacenada.

 

Artículo 3.- Solicitud del Préstamo

 

El Solicitante del Préstamo tiene el derecho de devolver el Préstamo antes de la fecha de vencimiento pactada, sin incurrir en ningún caso en coste adicional alguno. Se hara un calculo en el momento de la voluntaria devolución y se le indicara el saldo al momento de querer pagarlo.

 

Artículo 4.- Duración del Préstamo

 

El Préstamo tendrá una duración entre una (1) y ciento cuatro (104) semanas naturales, a contar desde la recepción por el Prestamista de la Decisión de Préstamo. Si el dinero se le entrega al prestatario un día lunes, entonces empezara a pagar inmediatamente la semana siguiente al desembolso del préstamo, y por el numero de semanas pactadas con el prestamista.

 

Artículo 5.- Extensión del plazo del Préstamo

 

Las notificaciones entre las Partes que deban realizarse como consecuencia de lo previsto en las presentes Condiciones Generales o del contrato de Préstamo se realizarán por escrito y serán válidas si se efectúan por correo certificado con acuse de recibo o e-mail en los domicilios mencionados a continuación para cada una de las Partes:

Prestatario: la indicada en la Solicitud de Préstamo.Prestamista:Dirección: Calle Tuset 5, piso 3, 08006 Madrid. E-mail: contacto@credivuelta.info El Prestatario acepta las comunicaciones comerciales a través de las redes sociales de las que sea usuario, siempre que los Términos y Condiciones de las mismas permitan este tipo de comunicaciones, para mayor agilidad y comodidad.

Artículo 6.- Ley aplicable y jurisdicción

Estas Condiciones Generales se rigen por la ley española. Las Partes se someten, a su elección, para la resolución de los conflictos y con renuncia a cualquier otro fuero, a los juzgados y tribunales del domicilio del Prestatario. Asimismo, como entidad adherida a AEMIP y a Confianza Online y en los términos de sus respectivos Códigos de Buenas Prácticas, en caso de controversias relativas a la contratación y publicidad online, protección de datos, protección de menores y accesibilidad, el usuario podrá acudir al sistema de resolución extrajudicial de controversias de AEMIP

Préstamo: contrato personal de préstamo regido por las siguientes Condiciones Generales, mediante el que el Prestamista concede un préstamo personal al Prestatario mediante el Sistema Remoto.El Préstamo se regirá por las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares, la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Créditos al Consumo, la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, así como demás normativa general de aplicación.

Prestamista: la sociedad CREDIVUELTA S.L. CON N.I.F. B23892920 sociedad de nacionalidad española, con domicilio social en Madrid, Calle Tuset 5, piso 3, 08006 y Número de Identificación Fiscal CON N.I.F. B23892920 constituida en escritura pública de fecha 06 DE OCTUBRE de 2025 otorgada ante el Notario de MADRID MANUEL SOLER LLUCH con el N. 2940 de su protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de MADRID, al tomo 44735 folio 0029, sección General, hoja 464824, Inscripción 3ª.

Solicitante de Préstamo: la persona física, que en el momento de solicitar el préstamo es mayor de 18 años y con plena capacidad de obrar, con residencia permanente en España, que efectúa una Solicitud de Préstamo a título personal. En ningún caso, el Prestamista discriminará a ningún solicitante por razón de raza, nacionalidad, género o edad.

Solicitud de Préstamo: la declaración de intención llevada a cabo por el Prestatario a través del Servicio a Distancia/Remoto, de solicitar un Préstamo de conformidad con estas Condiciones Generales y las correspondientes Condiciones Particulares.

Prestatario: el Solicitante de Préstamo una vez que el Prestamista ha aceptado su solicitud de Préstamo.

Decisión del Préstamo: la decisión definitiva sobre el otorgamiento o denegación del Préstamo por parte del Prestamista de acuerdo con las Condiciones Generales.

Parte: el Solicitante del Préstamo, el Prestamista o el Prestatario, de forma individual y, “Partes”, son conjuntamente cada Parte.

Condiciones Generales: las presentes condiciones generales del Préstamo.

Condiciones Particulares: las condiciones particulares del Préstamo que serán puestas a disposición del Solicitante de Préstamo de forma previa a la Solicitud de Préstamo.

Servicio a Distancia/ Remoto: técnicas de comunicación, a través de redes telemáticas, para que el Prestatario pueda llevar a cabo la Solicitud de Préstamo y el Prestamista la Decisión del Préstamo. A los efectos de la contratación a distancia, se entenderá la contratación realizada a través de la Página Web o cualesquiera otros medios que el Prestamista ponga a disposición del Solicitante de Préstamo.

Página Web: la página web interfaz del Prestamista www.credivuelta.info, y contacto@credivuelta.info

Datos Personales: cualquier información relativa al Solicitante de Préstamo o Prestatario, que le identifique o pueda identificarle.

Consentimiento del Solicitante del Préstamo: la manifestación de voluntad, libre, inequívoca, específica e informada, mediante la que el Solicitante del Préstamo o Prestatario consiente el Tratamiento de Datos Personales que le conciernen por parte del Prestamista.

Tratamiento de Datos Personales: las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permiten la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de Datos Personales necesarias para la gestión del Préstamo y los servicios complementarios ofrecidos por el Prestamista.

Modelo Normalizado: el formato normalizado previsto en los artículos 10 y 12 de la Ley de Contratos de Crédito al Consumo, aplicable y preceptivo a todos los Préstamos. Dicha información se pondrá a disposición del usuario en cualquier relación contractual.

 

Artículo 7.- Objetivo e información pre-contractual

 

El objeto de las Condiciones Generales es regular las condiciones del Préstamo, así como las consecuencias del incumplimiento.

Las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares, la información detallada en los artículos 7 y 8 de la Ley 22/2007, de 11 de julio, de Comercialización a Distancia de Servicios Financieros Destinados a los Consumidores, así como la prevista en los artículos 10 y 12 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Créditos al Consumo, según el caso, en el Modelo Normalizado, serán puestas a disposición del Prestatario con antelación suficiente y, en todo caso, con anterioridad a la Solicitud de Préstamo. El Prestamista mediante el presente documento declara expresamente que se le han proporcionado las Condiciones Generales previamente a la firma de cualquier contrato y con tiempo suficiente para leer y entender su contenido.

El Prestamista declara y garantiza que toda la información le ha sido proporcionada antes de aceptar los términos contractuales relativos al Préstamo y que dicha información y términos contractuales le han sido facilitados de forma escrita en soporte de papel o en otro soporte duradero disponible y accesible. El Prestatario se reserva el derecho a solicitar una copia de las Condiciones Generales que el Prestamista le hará llegar por medio de correo electrónico u ordinario.

Respecto a los préstamos por importe igual o superior a doscientos (200) euros (€) el Prestatario se obliga a evaluar individualmente si el citado préstamo es adecuado a las necesidades y a la situación financiera del Solicitante del Préstamo y a informarle del resultado de dicha evaluación de forma escrita en soporte de papel o en otro soporte duradero y accesible al Solicitante del Préstamo si éste así lo solicita, sin perjuicio de la información y asesoramiento financiero ofrecidos de forma gratuita a través de la página web del Prestatario.

 

Artículo 8.- Aplicación y oposición a las Condiciones Generales y a las Condiciones Particulares

 

El Solicitante de Préstamo cursará una Solicitud de Préstamo al Prestamista a través del Servicio a Distancia/Remoto proporcionando la siguiente información en el orden descrito a continuación:

El Prestamista se reserva el derecho de reclamar al Solicitante del Préstamo, la documentación relativa a su identificación y solvencia que considere necesaria, justificando siempre su uso y explicando su tratamiento, contemplando en todo momento el compromiso con la confidencialidad de sus datos, que puede en todo caso revisar en nuestra Política de Privacidad.

Para poder realizar una Solicitud de Préstamo, el Solicitante de Préstamo deberá registrarse previamente en la Página Web, aceptando las Condiciones Generales a disposición del Solicitante de Préstamo mediante la marcación de la correspondiente casilla dispuesta al efecto.

La Solicitud de Préstamo, junto con la aceptación de la oferta, implica el perfeccionamiento de la contratación, todo ello sujeto a la Decisión de Préstamo positiva que deberá emitir el Prestamista y comunicar al Prestatario vía e-mail y/o SMS.

 

Artículo 9.- Validación del préstamo

 

Después de que el Prestamista efectúe las comprobaciones pertinentes, el Prestamista remitirá a través del Servicio a Distancia/ Remoto, la Decisión del Préstamo positiva o negativa. La valoración por el Prestamista de la oportunidad de conceder el Préstamo es discrecional y, por tanto, en el caso en que el Prestamista rechace la Solicitud de Préstamo, no vendrá obligado a informar al Solicitante de Préstamo acerca de las causas de la denegación de la Solicitud de Préstamo, que en ningún caso se basará en la única consulta de un fichero, si bien éste puede inquirirlas a través de la dirección contacto@credivuelta.info

En el supuesto en que la comunicación de la Decisión del Préstamo no se envíe con arreglo a lo previsto en estas Condiciones Generales, se envíe fuera de plazo, o haya un rechazo previo por parte del Solicitante del Préstamo; se considerará que no ha habido Decisión del Préstamo y, por tanto, que no se ha perfeccionado el Préstamo.

Será estrictamente necesario, en todo caso, que el Prestatario facilite su teléfono móvil y un teléfono fijo al Prestamista en el que localizarle de forma efectiva al Prestamista. En caso de no contar con línea de teléfono fija, éste podrá facilitar el de un familiar de primer grado, siempre que cuente con el consentimiento expreso del mismo para ello. El Prestamista no comunicará información sobre la deuda a ningún tercero, tal y como se explica en la Política de Privacidad.

 

Artículo 10.- Aceptación del préstamo

 

El mensaje enviado por el Prestatario confirmando su aceptación y mediante el que toma la Decisión del Préstamo, supone la declaración expresa de que: (a) ha revisado las Condiciones Generales publicadas en el Portal Web del Prestamista, (b) está de acuerdo y acepta el contenido íntegro de las Condiciones Generales, y (c) quiere que el Préstamo sea ingresado inmediatamente en su cuenta bancaria o tarjeta aportada que confirma, mediante la aceptación que le pertenece como titular responsable de la misma.

Completar y remitir la Solicitud de Préstamo supone que el Prestatario garantiza (a) que no existen pagos pendientes o deudas con terceras partes que puedan impedir el pago del Préstamo, incluidos pagos pendientes que estén registrados en cualquier lista de Prestamistas/Prestatarios como ASNEF o Badexcug, (b) que no se encuentra incurso en procedimientos legales o judiciales que puedan afectar a su solvencia, (c) que toda la información y documentación suministrada al Prestamista es cierta, veraz y actualizada y (d) que el Solicitante asume la condición de Prestatario y se compromete a devolver el préstamo en los términos establecidos por el presente contrato, por él/ella aceptados.

 

Artículo 11.- Disponibilidad del Préstamo

 

Una vez recibida la Decisión del Préstamo positiva por el Prestamista, este efectuará una transferencia por el importe del Préstamo a la cuenta bancaria o a la tarjeta que haya sido facilitada por el Prestatario en la Solicitud de Préstamo, dependiendo de la entidad bancaria dónde el Prestatario tenga abierta su cuenta o tarjeta y debido a motivos de operativa bancaria que en ningún caso serán responsabilidad del Prestamista, el Prestatario puede recibir el importe de los fondos del Préstamo entre 24 y 48 horas.

El Prestamista otorgará el Préstamo en los importes y condiciones que se recogen a continuación:

El importe final del Préstamo dependerá únicamente de las condiciones ofrecidas por el Prestamista y se informará previo consentimiento al Prestatario, en todo caso.

El Prestamista remitirá al Prestatario la información indicándole el importe de la devolución del Préstamo, así como la cuenta bancaria del Prestamista dónde se deben abonar dichos importes, a través del medio Servicio a Distancia utilizado en la contratación del Préstamo.

De haberse solicitado una tarjeta de débito durante el proceso de solicitud del préstamo, se procederá al cobro automático de dicha tarjeta en la fecha de vencimiento. Unos días antes de realizar este cargo le será notificado al interesado vía e-mail y SMS, recordándole el vencimiento del préstamo, con el fin de que éste se asegure detener el suficiente saldo en cuenta para el reembolso. En ningún caso el Prestamista almacenará los datos de dicha tarjeta. Así mismo, el Prestatario, mediante la aceptación del presente documento, autoriza expresamente al Prestamista a que, con posterioridad a la Fecha de Vencimiento y hasta la fecha efectiva de cobro del Importe Total Adeudado, así como de cualesquiera sumas que conforme al Contrato correspondan, realice en la tarjeta de débito facilitada por el Cliente cuantas órdenes de adeudo resulten oportunas, por el importe total o parcial de la cantidad total adeudada, hasta el cobro definitivo de la misma, comprensiva de capital, intereses ordinarios y de demora, así como de los gastos que, en su caso, se devenguen hasta la fecha efectiva de su cobro por el Prestamista.

De no ser cargado el día del vencimiento, la devolución del Préstamo se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada del Prestamista mediante ingreso en efectivo, o utilizando tarjeta de débito bancaria, especificando la referencia del Préstamo que ha sido reembolsado. El servicio de pago a través de tarjeta bancaria puede procesarse a través de la entidad PaynoPain Financial Services, S.L., cuyo funcionamiento puede consultarse en la web y se anuncia en el momento previo a su uso de forma clara.

El pago se considerará realizado una vez que figure como recibido en la cuenta bancaria del Prestamista.

Si el Prestamista recibe un ingreso que no pueda identificar, tal ingreso no será considerado como efectivo hasta que se identifique.

La falta de recepción de la información de la obligación de pago emitida por el Prestatario por cualquier motivo, no le exime de la obligación de pago en la fecha pactada. Si el Prestatario no ha recibido la factura o documento sustitutivo dentro de los dos (2) Días Hábiles siguientes al abono del Préstamo, tendrá la obligación de informar al Prestamista de este hecho.

La remisión de las facturas o documentos sustitutivos, en su caso, será siempre acorde a lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, siendo remitidas tan pronto como se expida.

 

Artículo 12.- Pronto pago

 

Nombre y apellidos.

Género.

Fecha y lugar de nacimiento.

D.N.I. /N.I.E. (con copia escaneada en los casos que proceda).

Domicilio/Dirección permanente en España.

Importe del Préstamo, en letra y número.

Duración; es decir, los días para la devolución del préstamo.

Nombre del Banco y cuenta corriente.

Correo electrónico.

Teléfono fijo y teléfono móvil en los que pueda verificarse el contacto.

El Prestamista se reserva el derecho de no conceder el Préstamo al Solicitante del Préstamo si hay otra Solicitud de Préstamo en curso, si no ha vencido todavía el plazo para el pago de un Préstamo anterior o si vencido, este pago no se ha efectuado.

El hecho de que el Solicitante del Préstamo haya realizado la devolución de un Préstamo anterior no garantiza la aceptación de una futura Solicitud de Préstamo.

Si el Prestamista recibe un pago del Préstamo pero no puede identificarlo debido a la ausencia de datos, el pago quedará pendiente de aplicación hasta que el cliente envíe un justificante bancario correctamente identificado (número de cliente o DNI) a contacto@credivuelta.info

El Préstamo se concederá y amortizará en Euros (€).

El importe final del Préstamo dependerá únicamente de las condiciones ofrecidas por el Prestamista y se informará previo consentimiento al Prestatario, en todo caso.

El Prestamista se reserva el derecho de no conceder el Préstamo al Solicitante del Préstamo si hay otra Solicitud de Préstamo en curso, si no ha vencido todavía el plazo para el pago de un Préstamo anterior o si vencido, este pago no se ha efectuado. El hecho de que el Solicitante del Préstamo haya realizado la devolución de un Préstamo anterior no garantiza la aceptación de una futura Solicitud de Préstamo.

Si el Prestamista recibe un pago del Préstamo pero no puede identificarlo debido a la ausencia de datos, el pago quedará pendiente de aplicación hasta que el cliente envíe un justificante bancario correctamente identificado (número de cliente o DNI) a contacto@credivuelta.info o proporcione los datos vía telefónica al Servicio de Atención al Cliente, contacto@credivuelta.info

El Préstamo se concederá y amortizará en Euros (€).

 

Artículo 13.- Pago del préstamo

 

El día del vencimiento del Préstamo, el Prestatario podrá optar entre su devolución o la extensión de su plazo. El cliente podrá permanecer en plazo de extensión por un máximo ciento ochenta (180) días naturales a contar desde la fecha en la que el Préstamo otorgado al Prestatario hubiese vencido.La limitación del período de prórroga se indicará al cliente a lo largo de la relación contractual cuando éste contrate esta opción, para recordarle el carácter a corto plazo del micropréstamo, en el que desde Credivuelta insistimos.

Artículo 14.- Notificaciones

A recabar información relativa a sus antecedentes crediticios y posiciones de riesgo de entidades prestadoras de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito (en particular, del Servicio de Crédito de Asnef-Equifax, patrimonial y crédito (en particular, del Servicio de Crédito de Asnef-Equifax, para el análisis y, en su caso, concesión, seguimiento y control de la financiación solicitada, así como para cumplir las obligaciones legales. El Prestatario queda informado que, en caso de impago en el término previsto para ello, y habiéndose cumplido los requisitos legales necesarios y comunicaciones pertinentes, sus Datos Personales podrán ser comunicados al Servicio de Crédito de Asnef-Equifax, con domicilio en C/ Albasanz, 16, 28037, Madrid.

Al tratamiento de sus datos de carácter personal y a su utilización para el control, gestión, mantenimiento y ejecución de su Solicitud de Préstamo y/o Préstamo. El Prestatario podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación y portabilidad ante CREDIVUELTA S.L. con N.I.F. número B23892920, domiciliada en Madrid, Calle cruz verde 18, piso 4, 28004, o en la dirección de correo electrónico contacto@credivuelta.info adjuntando fotocopia de su DNI o documento identificativo equivalente.

A tratar los datos para la realización de actividades y comunicaciones comerciales, publicitarias y promocionales mediante cualquier medio, ya sea tradicional, ya sea mediante el envío de correos electrónicos y de mensajes a través de cualquier sistema incluyendo SMS, MMS etc., por parte del Prestamista que incorporen información sobre productos y servicios comercializados por el Prestamista tales como promociones especiales – incluyendo programas de fidelización de clientes. En caso de comunicaciones comerciales electrónicas se solicitará el consentimiento expreso previo mediante la marcación de la correspondiente casilla en la Página Web. En todo caso, el Prestatario podrá oponerse al envío de estas comunicaciones comerciales enviando un correo electrónico contacto@credivuelta.info adjuntando fotocopia de su DNI o documento identificativo equivalente, para su correcta identificación.

A la cesión de datos de carácter personal para la mejora del servicio que ofrecemos, respetando en todo caso los preceptos legales en su almacenamiento y tratamiento, y según lo dispuesto en nuestra Política de Privacidad. Los colaboradores o partners de CREDIVUELTA cuentan con nuestra total confianza, y desarrollan su actividad teniendo en cuenta la legislación relativa a protección de datos. Puedes solicitar más información sobre los mismos en contacto@credivuelta.info

Los costes de la extensión del plazo del Préstamo serán los que se deduzcan del simulador de la Página Web y que son mostrados al Prestatario, así como la nueva fecha de vencimiento del préstamo, antes de la contratación.Cuando el Prestatario solicite la extensión del plazo del Préstamo deberá abonar en la cuenta bancaria indicada por el Prestamista, el importe correspondiente a los honorarios de dicha extensión. Una vez finalizado el período de extensión, el Prestatario deberá abonar el importe del Préstamo solicitado en la cuenta bancaria del Prestamista.

 

Artículo 15.- Prácticas de cobro

 

En aquellos casos en los que el Prestatario no abonara la devolución del crédito en el plazo estipulado, el Préstamo pasará a ser gestionado por el Departamento de Cobros del Prestamista. El Prestamista lo comunicará al Prestatario llegado el momento a través de correo electrónico y/o SMS, así como mediante la realización de llamadas a los teléfonos que el Prestatario hubiera puesto a disposición del Prestamista en el momento de la contratación del Préstamo o en caso de no poder contactar por estos medios, a través de cualesquiera otros que estimara conveniente a fin de la correcta gestión del cobro. Incluyendo visitas presenciales al local comercial y/o direcciones de domicilio del titular, o referencias del prestatario ingresadas en la vinculación.

En caso de no producirse el pago en el término previsto para ello y cumplirse los requisitos previstos, con la aceptación de estas Condiciones Generales de Contratación, el Prestatario da su consentimiento previo e informado para la recepción de cuantas llamadas y comunicaciones automáticas sin, con intervención humana al/los teléfono/s facilitado/s sean necesarias y pertinentes hasta que se realice el efectivo pago de la deuda.

Si en el plazo de treinta (30) días desde el vencimiento de la deuda adquirida, esta no hubiera sido satisfecha por el Prestatario, habiendo sido notificada previamente a éste, el Prestamista tendrá derecho a comunicar los datos del Prestatario a ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito, concurriendo en todo caso los requisitos exigidos para la inclusión de datos. Y expertos en cobranzas. Incluye traspaso de documentos que presten merito ejecutivo a expertos en recuperar cartera vencida o deuda impagada; pagares,cheques, contrato de pacto de re compra. O ejecutar las clausulas aceleratorias del contrato de pacto de re compra de recuperar el monto adeudado junto con intereses de demora incurridos con la infraestructura misma del local comercial, bienes muebles que cubran con la totalidad de la deuda causada a la fecha de la ejecución.; mismos que quedaron en garantía como prenda que respaldaba la deuda el día que se acordó el préstamo en cuestión.

 

Artículo 16.- Penalización por impago y mora

 

El impago, a su vencimiento, de cualquier cantidad dispuesta en virtud del Préstamo, así como de los costes de procesamiento y de gestión, facultará al Prestamista para exigir al Prestatario, además del importe impagado, una penalización por mora del 0,09% diario a partir del primer día natural siguiente a la fecha de devolución del préstamo sobre el importe impagado, y una comisión por reclamación de impagado 30.00€, a pagar una sola vez el día natural siguiente a la fecha del impago, relativa a los costes incurridos por el Prestamista en el trámite de recaudación del pago, y sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 relativo a los sistemas de información crediticia, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Cualquier cantidad que reciba el Prestamista, una vez vencido el Préstamo, se imputará, en primer lugar, a la penalización por impago que en su caso corresponda, en segundo lugar a los costes de cobro de la deuda, en tercer lugar, a los intereses y/o costes de gestión y en ultimo lugar al capital del Préstamo que constituye el objeto del contrato suscrito.

 

Artículo 17.- Derecho de desistimiento

 

El Prestatario dispondrá de un plazo de tres (3) días naturales, a contar desde la fecha de emisión de la Decisión de Préstamo para desistir del Préstamo, sin necesidad de indicar los motivos y sin penalización alguna. Este derecho no podrá ejercerse si el Préstamo se ha ejecutado en su totalidad, por ambas partes, a petición expresa del Prestatario.

El Prestatario comunicará su intención de ejercitar el derecho de desistimiento al Prestamista mediante el mismo procedimiento de Servicio a Distancia utilizado en la contratación del Préstamo. Adicionalmente, deberá realizarse mediante un procedimiento que permita dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en derecho.

La comunicación se realizará completando el formulario de desistimiento que encontrará en la Página web del Prestamista y enviándolo por correo electrónico a la dirección de correo electrónico del Prestamista y deberá indicarse el nombre completo del Prestatario; su número de D.N.I. o N.I.E, y la fecha de emisión de la Decisión de Préstamo, a efectos solamente de la correcta identificación del cliente. Este requisito de identificación no deberá en ningún caso resultar limitativo del derecho de ejercicio del desistimiento.

El Prestatario deberá devolver al Prestamista cualquier cantidad que hubiera recibido de éste con anterioridad al ejercicio de su derecho de desistimiento y el interés y/o gastos de gestión acumulado sobre dicho capital desde la fecha de disposición del Préstamo y la fecha de efectiva notificación del desistimiento, de acuerdo con el tipo deudor acordado. Dichas cantidades deberán devolverse al Prestamista a la mayor brevedad y, en todo caso, en el plazo máximo de tres (3) días naturales a contar desde la fecha de la notificación del desistimiento.

 

Artículo 18.- Protección de datos de carácter persona

 

Con el Consentimiento del Solicitante de Préstamo, independientemente de la Decisión de Préstamo, el Prestatario se declara informado, consiente y autoriza expresamente al Prestamista:

Para la utilización del sitio web es necesaria la utilización de cookies. Las cookies se utilizan con la finalidad de mejorar la experiencia de navegación, gestionar el contenido de las solicitudes de crédito y ofrecer consejos u ofertas personalizadas. Si el Prestatario lo desea puede configurar su navegador para ser avisado en pantalla de la recepción de cookies y para impedir la instalación de cookies en su disco duro. Se recomienda consultar las instrucciones y manuales del navegador para ampliar esta información.

 

Artículo 19.- Otras disposiciones

 

El Prestatario tiene el deber de informar al Prestamista de cualquier cambio que se produzca en la información suministrada en la Solicitud de Préstamo.

El Prestamista tiene el derecho de ceder en su totalidad o en parte su posición contractual a un tercero que asuma los derechos del mismo, según lo establecido en el artículo 31 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, previo aviso de tal cesión mediante email, sms o correo postal, y pudiendo el Prestatario oponer contra éste las mismas excepciones que le hubieran correspondido con nosotros. El Prestatario no podrá ceder su posición contractual.

Por motivos de financiación interna del Prestamista, parte del derecho de cobro de determinados préstamos seleccionados de forma aleatoria puede ser cedida a terceros, particularmente a inversores particulares miembros de plataformas online, sin que estos intervengan de forma alguna en la gestión de la presente relación contractual.

Articulo 20. - Prestamos Presenciales a Micro empresas o Autonomos.

POLÍTICA DE CRÉDITOS PRESENCIALES Y GARANTÍAS REALES – CREDIVUELTA S.L. CON N.I.F. B23892920

En calidad de entidad que realiza préstamos privados (CNAE 6492) y ejerce también actividades de compra-venta, prenda o empeño de bienes muebles (CNAE 4779), CREDIVUELTA establece las siguientes condiciones generales, obligaciones y garantías que regulan los créditos presenciales concedidos a microempresarios.

1. Objeto y ámbito

  1. CREDIVUELTA concede créditos presenciales a microempresarios con el fin de apoyar su actividad económica, mediante la práctica de financiamiento directo, sin recurrir necesariamente a consultas a centrales de riesgo financiero (tales como ASNEF u otras), salvo que se pacte expresamente lo contrario.

  2. La garantía principal de estos créditos consistirá en bienes muebles pertenecientes al local comercial o infraestructura del solicitante, que sean susceptibles de empeño, prenda o venta con pacto de retroventa, según lo convenido.

2. Contrato de garantía: contrato de venta con pacto de retroventa

  1. Se formalizará, al otorgar el crédito, un Contrato de Venta con Pacto de Retroventa (también denominado contrato con pacto de compra), conforme a lo previsto en el Código Civil Español (artículos relativos al pacto de retroventa: arts. 1507 a 1520 del Código Civil) infoderechocivil.es.

  2. En dicho contrato deben constar por escrito, bajo firma de ambas partes:

    • Identificación de las partes (prestatario y entidad).

    • Bienes muebles objeto de garantía, incluyendo descripción suficiente y, de ser posible, marca, número de serie o cualquier otro dato identificativo que evite confusión.

    • Monto del préstamo acordado.

    • Plazo de devolución o pago (fechas o número de semanas).

    • Avalúo comercial de los bienes muebles objeto de garantía, basado en facturas de compra o documentos equivalentes.

    • Condiciones relativas al uso, tenencia y disfrute de dichos bienes muebles por parte del prestatario durante el tiempo que el crédito permanezca vigente.

    • Coste por uso o mantenimiento / depreciación que se acuerde cuando el prestatario use o conserve los bienes en su actividad, si aplica.

  3. El pacto de retroventa implica que la entidad (vendedora inicial) se reserva el derecho de re-adquirir el bien vendido bajo determinadas condiciones, reembolsando al prestatario el precio pactado más los gastos legítimos del contrato, según lo estipulado en el Código Civil infoderechocivil.es.

3. Prenda y otras garantías reales

  1. Además del pacto de retroventa, los bienes muebles podrán constituir otras formas de garantía real:

    • Prenda con desplazamiento de posesión, cuando la entidad acreedora retenga la posesión del bien.

    • Prenda sin desplazamiento de posesión, siempre que la ley lo permita, con inscripción en el Registro de Bienes Muebles si fuese necesario para asegurar sus efectos frente a terceros 

  2. Los bienes muebles de garantía deberán ser “identificables” cuando la legislación aplicable lo exija: marca, número de serie u otra característica distintiva, para que no haya problema legal con la revendibilidad y reconocimiento de los derechos garantizados.

4. Proceso de concesión del crédito

  1. Entrevista o valoración inicial del solicitante por parte de un asesor designado.

  2. Verificación de la necesidad del crédito, plazo de devolución solicitado, y capacidad del solicitante para responder conforme al valor de la garantía ofrecida.

  3. Presentación obligatoria de la documentación de respaldo de los bienes muebles objeto de garantía, incluyendo facturas de compra, fotografías, etc.

  4. Realización de un avalúo comercial actualizado al momento del contrato, para determinar el valor real de los bienes ofrecidos como garantía.

5. Derechos y obligaciones durante la vigencia del crédito

  1. El prestatario mantendrá la tenencia y uso efectivo de los bienes muebles garantizados, salvo pacto en contrario, siempre que no se produzca incumplimiento contractual.

  2. En caso de incumplimiento del prestatario de las obligaciones de pago, la entidad podrá ejecutar la garantía real según lo pactado (retroventa, realización de prenda, etc.), respetando los plazos legales y los derechos de defensa del prestatario.

  3. Todos los costes, gastos de valoración, mantenimiento o uso de los bienes garantizados durante la vigencia del crédito deberán estar claramente especificados y aceptados en el contrato.

6. Condiciones de formalización y validez contractual

  1. El contrato de crédito y garantía (venta con pacto de retro-venta y posible prenda) debe formalizarse por escrito, con firma de ambas partes, y entregarse un ejemplar al prestatario.

  2. Cuando la prenda se constituya sin desplazamiento de posesión, y la normativa lo exija, debe inscribirse en el Registro de Bienes Muebles para efectos de oponibilidad frente a terceros 

  3. Se deberá cumplir con la normativa aplicable en materia de protección al consumidor, cuando el prestatario tenga la condición de consumidor, e informar sobre todos los costes, intereses, tipos o condiciones esenciales del contrato.

7. Régimen legal aplicable y CNAE

  1. Las actividades de CREDIVUELTA se encuadran dentro de los siguientes códigos CNAE:

    • CNAE 6492: Préstamos privados.

    • CNAE 4779: Comercio al por menor de otros productos nuevos no especificados en otras clases, lo que incluye compra-venta, prenda, empeño de bienes muebles.

  2. Este régimen no exime a CREDIVUELTA S.L. CON N.I.F. B23892920 del cumplimiento de las leyes españolas civiles y mercantiles, incluidos:

    • Código Civil.

    • Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles Noticias Jurídicas+1.

    • Ley de Protección al Consumidor (si aplica).

    • Leyes que regulan garantías reales como la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión

Artículo 21. -  Procedimiento en caso de impago y ejecución de garantías

  1. Incumplimiento de obligaciones de pago
    En caso de que el prestatario incurra en mora, impago o retraso en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones de pago derivadas del contrato de crédito, CREDIVUELTA podrá activar la cláusula aceleratoria, quedando facultada para declarar vencido anticipadamente el préstamo y exigir el reembolso inmediato del total adeudado.

  2. Acuerdo de pago y negociación previa
    Antes de iniciar cualquier actuación ejecutiva, CREDIVUELTA podrá —a su exclusivo criterio— ofrecer al prestatario la posibilidad de formalizar un acuerdo de pago o refinanciación, que permita regularizar su situación.
    Este acuerdo, de suscribirse, deberá constar por escrito y establecerá las nuevas condiciones de plazo, cuotas e intereses, así como los costes administrativos derivados de la reestructuración.

  3. Ejecución de la garantía prendaria o con pacto de retro-venta
    Si el prestatario no regulariza su situación conforme al acuerdo ofrecido o, en su defecto, no cumple las condiciones contractuales, CREDIVUELTA podrá proceder, sin necesidad de requerimiento judicial previo, a la ejecución de las garantías otorgadas en el contrato, en los términos siguientes:

    a) Determinación de bienes ejecutables:
    Se seleccionarán aquellos bienes muebles dados en garantía (por prenda o contrato de venta con pacto de retroventa) que, a criterio razonado de CREDIVUELTA, posean valor suficiente para cubrir la deuda total vigente, incluyendo:

    b) Sustracción y custodia de los bienes:
    CREDIVUELTA podrá recoger o sustraer los bienes prendarios o garantizados, siempre que se respete lo pactado en el contrato y la normativa vigente, levantando acta o documento que refleje el inventario y estado de los bienes recuperados.
    Los bienes quedarán bajo custodia temporal de CREDIVUELTA o de un tercero designado, hasta la resolución definitiva del saldo pendiente.

    c) Valoración y compensación de deuda:
    El valor de los bienes recogidos se determinará mediante avalúo comercial actualizado al momento de la ejecución, practicado por personal de CREDIVUELTA o un perito autorizado.
    Dicho valor se imputará al saldo de la deuda, y en caso de que existiera diferencia a favor del prestatario, ésta le será notificada y liquidada conforme a derecho.

    • El principal adeudado.

    • Los intereses ordinarios y de demora causados hasta la fecha de recuperación.

    • Los costes operativos y administrativos asociados al proceso de cobro y recogida.

  4. Intereses de demora y gastos de ejecución
    A partir de la fecha en que el crédito se declare vencido anticipadamente, se devengarán intereses de demora sobre el saldo pendiente, conforme al tipo de interés de mora establecido en el contrato, sin perjuicio de los gastos adicionales ocasionados por las gestiones de recuperación, desplazamiento, transporte o almacenamiento de los bienes ejecutados.

  5. Efectos liberatorios
    La ejecución de las garantías y la aplicación de su valor al saldo pendiente tendrá efecto liberatorio parcial o total, según corresponda, respecto de la deuda principal y sus accesorios (intereses, costes y gastos).
    En caso de que el valor de los bienes no cubra la totalidad de la deuda, CREDIVUELTA podrá continuar las acciones legales o extrajudiciales necesarias para reclamar el remanente.

 

 Nota legal de referencia:

Este artículo se formula conforme a lo previsto en los arts. 1129, 1153, 1507 y ss., y 1863 y ss. del Código Civil Español, así como la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión (BOE-A-1954-15448) y la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles, en lo que resulte aplicable.

Artículo 22. - . Simulador de Crédito y Condiciones Reales de Financiación

  1. Naturaleza y finalidad del simulador de crédito
    El Simulador de Crédito de Credivuelta S.L. tiene como finalidad proporcionar al usuario una estimación orientativa de las condiciones iniciales aplicables a un primer crédito solicitado a través de nuestros canales presenciales o digitales.
    Las cifras y resultados mostrados por el simulador no constituyen una oferta contractual ni un compromiso vinculante, sino una herramienta informativa destinada a reflejar de manera aproximada las condiciones económicas que podrían aplicarse en función del importe, plazo y perfil del solicitante.

  2. Tipo Anual Equivalente (T.A.E.) y su variación según fidelización
    El Tipo Anual Equivalente (T.A.E.) indicado en el simulador representa una referencia inicial estándar aplicable a clientes de primer acceso.
    No obstante, Credivuelta S.L. aplica un sistema progresivo de fidelización, por el cual el T.A.E. se reduce de forma gradual conforme el cliente demuestra cumplimiento, antigüedad y participación activa en los programas de referidos y devoluciones (DEVOS).
    De esta manera, el coste financiero efectivo de los créditos disminuye de manera significativa para los clientes recurrentes o de historial favorable, en comparación con las tasas habituales del sector financiero tradicional.

  3. Ventaja competitiva frente a entidades financieras tradicionales
    Desde la primera operación crediticia, Credivuelta S.L. ofrece un T.A.E. inicial inferior al promedio del mercado, destacándose por su política de transparencia y costes reducidos, en la que no se imponen cargos ocultos ni penalizaciones arbitrarias.
    Nuestro modelo de financiación, basado en relaciones de confianza y en la reinversión de beneficios dentro de la propia comunidad de clientes, nos permite mantener condiciones más competitivas y sostenibles que las de las entidades financieras convencionales.

  4. Impacto de las DEVOS en el coste real del crédito
    Las DEVOS (Devoluciones de fidelización) constituyen un beneficio económico directo otorgado a los clientes que cumplen con sus compromisos crediticios y participan en los programas de crecimiento de Credivuelta S.L.
    En virtud de este sistema, una parte del interés pagado puede ser reembolsada o duplicada, reduciendo de forma efectiva el T.A.E. hasta niveles cercanos al coste cero, o incluso sin coste neto para el cliente, según los casos.
    Este mecanismo refuerza el compromiso de Credivuelta con su comunidad de usuarios, generando un ecosistema financiero solidario y de beneficio mutuo.

    5. Transparencia y límites legales
       En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa española y comunitaria sobre crédito al             consumo, toda oferta contractual definitiva será comunicada al cliente por escrito,                       detallando la TAE efectiva aplicable, las comisiones, gastos e importes totales adeudados,           así como cualquier bonificación o devolución (DEVO) que pudiera aplicarse al caso                         concreto.
       El simulador, por tanto, tiene carácter meramente ilustrativo y deberá ser interpretado                   como una estimación orientativa sujeta a verificación contractual posterior.

Fundamento jurídico de referencia:
Este artículo se formula conforme a la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Crédito al Consumo, el Real Decreto 84/2015, y la normativa aplicable sobre información pre-contractual al consumidor en productos financieros, garantizando la transparencia, claridad y exactitud de la información ofrecida al público.

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